Acuerdo de Identidad y Derechos de Pueblos Indígenas

Derechos Culturales, Medios de Comunicación

Inciso H. Al igual que el sistema educativo los medios de comunicación tienen un papel primordial en la defensa, desarrollo y transmisión de los valores y conocimientos culturales. Corresponde al gobierno pero también a todos los que trabajan e intervienen en el sector de la comunicación, promover el respeto y difusión de las culturas indígenas, la erradicación de cualquier forma de discriminación y contribuir a la apropiación por todos los guatemaltecos de su patrimonio pluricultural.

Por su parte, a fin de favorecer el más amplio acceso a los medios de comunicación por parte de las comunidades e instituciones mayas y de los demás pueblos indígenas, y la más amplia difusión en idiomas indígenas del patrimonio cultural indígena, en particular maya, así como del patrimonio cultural universal, el gobierno tomara en particular las siguientes medidas:

a) Abrir espacios en los medios de comunicación oficiales para la divulgación de las expresiones culturales indígenas y propiciar similar apertura en los medios privados.

b) Promover ante el Congreso de la República las reformas que sean necesarias en la actual ley idioma, de radiocomunicaciones con el objetivo de facilitar frecuencias para proyectos, edad indígenas y asegurar la observancia del principio de no discriminación en el uso de los medios de comunicación. Promover así mismo la derogación de toda disposición del ordenamiento jurídico que obstaculice el derecho de los Pueblos Indígenas a disponer de medios de comunicación para el desarrollo de su identidad; y.

c) Reglamentar y apoyar un sistema de programas informativos, científicos, artísticos y educativos de las culturas indígenas en sus idiomas, por medio de la radio, la televisión y los medios escritos nacionales.

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