Ley Marco de los Acuerdos de Paz

LEY MARCO DE LOS ACUERDO DE PAZ DECRETO 52- 2005, CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

En Contravención ha este derechos el gobierno de Guatemala emite el decreto 94-96 Ley General de Telecomunicaciones, en el cual antes de firmarse el acuerdo global de los Acuerdos de Paz y antes de que estos tomen vigencia, se la privatización de las telecomunicaciones, y antes de entrara el acuerdo cronograma que establecía que en los años 1998, 1999 y 2000, debía de reformarse la ley de Radiocomunicación, Decreto 433, vigente antes de la firma del Acuerdo Sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas.

Con la colaboración de la Misión Internacional de Naciones Unidas Para Guatemala MINUGUA se logra re calendarizar la aprobación de una ley para que los Pueblos Indígenas pudieran accezar a frecuencias radioeléctricas para los años 2001 y 2002, con lo cual no se cumplió.

En el año 2000, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos hace las primeras recomendaciones al Estado de Guatemala.

Producto de las Recomendaciones del Relator de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos Dr. Santiago Cantón, se suspenden las subastas de frecuencias del espectro radioeléctrico en abril del 2002.

Producto de las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del 2002 y 2003 Guatemala, es llamada a una audiencia general por dicha Comisión en la cual el Presidente de la Comisión Presidencial de Derechos Humanos COPREDEH, se compromete a instalar una mesa de diálogo de alto nivel para buscarle solución a la problemática que afrontan las Radios Comunitarias.

En el año 2005, el relator de libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH Eduardo Bertoni visita Guatemala y se instala la mesa de diálogo de alto nivel, para lo cual fueron convocados la Comisión de Comunicaciones de Congreso de la República, el Ministerio Público, la Superintendencia de Telecomunicaciones, Radiodifusión Nacional, Cámara de Radiodifusión de Guatemala, y la Asociación de Periodistas de Guatemala APG, entre otros.

En esta mesa, los participantes no le dieron la importancia de vida a los objetivos de dicha mesa, más no así los representantes de las Radios Comunitarias, quienes redactaron, consensuaron una iniciativa de ley de Medios de Comunicación Comunitarias; registrado con el numeral 4087, en la Dirección Legislativa del Congreso de la República de Guatemala.

El Estado de Guatemala, en el año 1996, al emitir una Ley General de Telecomunicaciones, contraviene los Convenios y Tratados Internacionales ratificados, en materia de Derechos Humanos y Derechos de Pueblos Indígenas por contener profundas connotaciones excluyentes y discriminatorias contra los Pueblos Indígenas en Guatemala.

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